miércoles, 9 de noviembre de 2011

En el comienzo

Lo primero, creo, es dejar claros un par de conceptos. Este es el primero. Y para ello os presento a mis dos amigos, Tomo I  y Tomo II... ¡míralos ahí abajo, qué majos!

AUDIENCIA 
(Del latín audientĭa). 

1. f. Acto de oír las personas de alta jerarquía u otras autoridades, previa concesión, a quienes exponen, reclaman o solicitan algo.
2. f. Tribunal de justicia colegiado y que entiende en los pleitos o en las causas de determinado territorio.
3. f. Distrito de la jurisdicción de este tribunal.
4. f. Edificio en que tiene su sede. 
5. f. Público que atiende los programas de radio y televisión, o que asiste a un acto o espectáculo. 
6. f. auditorio (concurso de oyentes) 
7. f. Número de personas que reciben un mensaje a través de cualquier medio de comunicación. 
8. f. Der. Ocasión para aducir razones o pruebas que se ofrece a un interesado en juicio o en expediente.

La fuente es la RAE y lo señalo porque habitualmente utilizamos en este contexto la acepción número 5, aunque la número 7 (sutilmente distinta) es la que se me presenta más sugerente.

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